La Asamblea Nacional (AN) aprobó por "unanimidad" una Ley contra la Extorsión y el Secuestro que, entre otras, establece penas de entre 15 y 20 años para quienes incurran en esos delitosCon penas que van hasta los 30 años de prisión para quienes cometan el delito de secuestro, fue sancionada por unanimidad la Ley Orgánica contra el Secuestro y la Extorsión, anunció este jueves El presidente de la Comisión de Seguridad y Defensa, diputado Rafael Gil Barrios.
El parlamentario Gil Barrios expresó que "el mensaje era para los secuestradores o para aquellos que cometieran este tipo delito. En aras de darle cumplimiento al articulo 55 de la constitución.
Le estamos diciendo a estos individuos que no se están metiendo con las victimas, sino que es el Estado el que asume la protección de la vida de las personas y sus bienes".
El instrumento legal resultó aprobado por unanimidad, a pesar de las variadas opiniones en cuanto a la penalidad para los secuestradores en las distintas modalidades.
Explicó Barrios que en la ley se establecen las disposiciones generales que se prevén tanto en el objeto como el ámbito de su aplicación, con la cual queda franqueada la finalidad de prevenir, tipificar y sancionar los delitos de secuestros y extorsión.
Asi mismo dijo Barrios que la normativa también garantiza la protección de la integridad física de las víctimas y sus bienes ante este flagelo, destacando que su sanción quedará aplicada a las personas que perpetren tales conductas contra ciudadanos venezolanos o extranjeros.
Añadió el parlamentario que este instrumento legal aprobado está basado en los valores de un Estado social, de derecho y justicia, que brinde a las autoridades un mecanismo de prevención, a los ciudadanos un medio de protección y a los operadores de justicia un instrumento para castigar el secuestro.
Se castiga la piratería aérea
Esta Ley establece sanciones para quien secuestre a los ocupantes de naves, aeronaves, vehículos o cualquier otro tipo de transporte, con el fin de trasladarlo a un lugar distinto, alterando su ruta. Quien cometa este delito será castigado con prisión de quince a veinte años.
Según el parlamentario entre los delitos más repudiables figura el secuestro a niñas, niños, adolescentes, adulto mayor, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez y personas que padezcan de enfermedad que comprometan su vida.
Finalmente dijo que también son repudiables los actos de torturas, violencia física, sexual o psicológica en contra del secuestrado y de cualquier otra forma que menoscabe sus derechos humanos.
El parlamentario Gil Barrios expresó que "el mensaje era para los secuestradores o para aquellos que cometieran este tipo delito. En aras de darle cumplimiento al articulo 55 de la constitución.
Le estamos diciendo a estos individuos que no se están metiendo con las victimas, sino que es el Estado el que asume la protección de la vida de las personas y sus bienes".
El instrumento legal resultó aprobado por unanimidad, a pesar de las variadas opiniones en cuanto a la penalidad para los secuestradores en las distintas modalidades.
Explicó Barrios que en la ley se establecen las disposiciones generales que se prevén tanto en el objeto como el ámbito de su aplicación, con la cual queda franqueada la finalidad de prevenir, tipificar y sancionar los delitos de secuestros y extorsión.
Asi mismo dijo Barrios que la normativa también garantiza la protección de la integridad física de las víctimas y sus bienes ante este flagelo, destacando que su sanción quedará aplicada a las personas que perpetren tales conductas contra ciudadanos venezolanos o extranjeros.
Añadió el parlamentario que este instrumento legal aprobado está basado en los valores de un Estado social, de derecho y justicia, que brinde a las autoridades un mecanismo de prevención, a los ciudadanos un medio de protección y a los operadores de justicia un instrumento para castigar el secuestro.
Se castiga la piratería aérea
Esta Ley establece sanciones para quien secuestre a los ocupantes de naves, aeronaves, vehículos o cualquier otro tipo de transporte, con el fin de trasladarlo a un lugar distinto, alterando su ruta. Quien cometa este delito será castigado con prisión de quince a veinte años.
Según el parlamentario entre los delitos más repudiables figura el secuestro a niñas, niños, adolescentes, adulto mayor, personas con discapacidad, mujeres en estado de gravidez y personas que padezcan de enfermedad que comprometan su vida.
Finalmente dijo que también son repudiables los actos de torturas, violencia física, sexual o psicológica en contra del secuestrado y de cualquier otra forma que menoscabe sus derechos humanos.
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