El presidente de la Comisión de Energía y Minas de la Asamblea Nacional, Ángel Rodríguez, informó que una vez aprobada la Ley Orgánica de Reordenamiento del Mercado Interno de los Combustibles Líquidos, las empresas intermediarias objeto de nacionalización o expropiación, tendrán 60 días para negociar con el Ejecutivo Nacional.
“Este instrumento legal será aprobado en primera discusión el próximo miércoles. En el mismo se establece que se reserva al Estado, por razones de conveniencia nacional, la actividad de intermediación para el suministro de estos productos, realizada entre las filiales de Petróleos de Venezuela y los establecimientos dedicados a su expendio”.
Añadió que la medida también afecta al trasporte terrestre, acuático y de cabotaje de combustibles líquidos. El mismo día de la entrada en vigencia de la Ley, se designarán los comités de transición que se encargarán de las negociaciones para garantizar la continuidad operacional y la prestación del servicio
En consecuencia se declaran de utilidad pública y de interés social las actividades objeto de la reserva, así como los bienes, obras, trabajos y servicios que fueren necesarios o complementarios para realizarlos
“Para la fijación del justiprecio de los activos que pasarán a formar parte del Estado, se tomarán en cuenta las inversiones realizadas y su valor en libro. En las conversaciones con los dueños de estos bienes para establecer la indemnización, en ningún momento se considerarán el lucro cesante o los daños indirectos”.
“Este instrumento legal será aprobado en primera discusión el próximo miércoles. En el mismo se establece que se reserva al Estado, por razones de conveniencia nacional, la actividad de intermediación para el suministro de estos productos, realizada entre las filiales de Petróleos de Venezuela y los establecimientos dedicados a su expendio”.
Añadió que la medida también afecta al trasporte terrestre, acuático y de cabotaje de combustibles líquidos. El mismo día de la entrada en vigencia de la Ley, se designarán los comités de transición que se encargarán de las negociaciones para garantizar la continuidad operacional y la prestación del servicio
En consecuencia se declaran de utilidad pública y de interés social las actividades objeto de la reserva, así como los bienes, obras, trabajos y servicios que fueren necesarios o complementarios para realizarlos
“Para la fijación del justiprecio de los activos que pasarán a formar parte del Estado, se tomarán en cuenta las inversiones realizadas y su valor en libro. En las conversaciones con los dueños de estos bienes para establecer la indemnización, en ningún momento se considerarán el lucro cesante o los daños indirectos”.
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