miércoles, 20 de agosto de 2008

EL SPNS (II) por Freddy Melo

El SPNS (II)
Freddy J. Melo
En artículo anterior me referí al Sistema Público Nacional de Salud como formidable construcción en perspectiva y desarrollo cuyo objetivo estratégico es el de avanzar hacia la mejor calidad de vida para todos y cada uno de los miembros de la sociedad, vale decir, hacia el corazón del socialismo. Mencioné los decretos enmarcadores, enero y julio de 2008, la naturaleza del sistema en cuanto articulador orgánico de todos los principios constitucionales pertinentes, los logros sociales y operacionales más visibles ya conquistados y los elementos condicionantes de esos logros, inscritos en la coherente visión del Decreto de enero: el Plan, su contenido de respuesta transectorial y participación popular, el Comité Gestor Interministerial creado para instrumentarlas y la conformación de un sistema metropolitano de salud en calidad de Piloto, partiendo de que ya había un camino andado.

Prometí, además, buscar información para proseguir, y con tal propósito entrevisté a la doctora Luisana Melo, ex Directora Metropolitana de Salud.
Empezó diciéndome que le correspondía hacer un análisis contentivo de señalamientos críticos, no obedientes en modo alguno a resentimiento o reconcomio, sino debidos a su experiencia de estudiosa dedicada al área de la salud pública y actora apasionadamente comprometida en la construcción del sistema, y a su sensibilidad de revolucionaria (me constan la solidez de su formación y la integridad de su carácter).

Resumo sus observaciones.
1: El Decreto de julio, mediante el cual se transfieren los servicios descentralizados de la Alcaldía Metropolitana al Ministerio del Poder Popular para la Salud, entraña la necesidad de ejecutarse en coordinación con el anterior Decreto (que sigue en pie), puesto que el desarrollo de los componentes del Plan lanzado en enero por el Presidente se ha concretado en un conjunto de programas que afectan los servicios hospitalarios y ambulatorios, incluyendo la movilización de comunidades y profesionales alrededor de iniciativas innovadoras en la gestión y en la atención a las personas, además de establecer objetivos y acciones en salud pública que afectan a otros sectores. 2: Esto implica, no sólo la persistencia de los efectos y alcances de dicho Decreto de enero, como lo afirmó el Vicepresidente, sino también el requerimiento de que la recentralización de los servicios considere en el curso de la transición el respeto y observancia de los procesos avanzados desde el proyecto metropolitano. 3: La vigencia del ejercicio del Comité Gestor Interministerial y el rol de la Vicepresidencia en la coordinación de innúmeros procesos no pueden ser ignorados, como tampoco puede serlo que la Secretaría de Salud venía desarrollando una serie de iniciativas de impulso al plan de trabajo originado por el Decreto de enero, las cuales reclaman y merecen seguimiento. 4: Es particularmente digna de consideración la cuestión de los procesos y proyectos que no encuentran instancia previa en la estructura y funcionamiento del MPPS, pues se trata justamente de elementos innovadores relativos al Piloto metropolitano, tales como: El complejo de regulación de la atención, el cual ya es parte de las respuestas sociales en el área y comprende varios mecanismos facilitadores del acceso a los diversos servicios y la operación del SIAMU, red de atención a las urgencias que suprime el ruleteo; la organización de las líneas de atención por áreas de intervención, cuyos ejemplos más notables hasta ahora son las de oncología y gineco-obstetricia; las redes de coordinación de los servicios de todas las entidades (MPSS, Seguro Social, Secretaría Metropolitana, Sanidad Militar, Hospital Universitario, Dirección de Salud de Miranda, IPASME), establecidas en función del plan de trabajo del Decreto de enero, el cual dice que es preciso abrir paso a una nueva institucionalidad, prevista para lanzarse en 2009 y consolidarse en 2010 y que ha tenido varias manifestaciones positivas en la reorganización de los servicios.

En torno a esa perspectiva no hay expresión ninguna en este proceso de recentralización. De hecho, el Decreto de julio no hace referencia al de enero ni a la construcción de un Sistema Público Nacional de Salud, y consecuentemente no avanza nada en la rectoría de un sistema que por mandato constitucional debe abarcar todos los órganos estatales del área. Cierro aquí. En próxima entrega continuaré con las observaciones de Luisana Melo.

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