Reforma de Ley de Consejos Comunales permitirá referendos revocatorios
La Reforma de la Ley de los Consejos Comunales ampliará los mecanismos de elección dentro de estas organizaciones comunitarias al colocar la comisión electoral el carácter permanente y permitir la revocatoria de voceros mediante votación popular. Lo indicó el diputado Rafael Delgado, integrante de la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional (AN) y presidente de la Subcomisión que atiende los Consejos Comunales y las Comunas.
La antigua ley planteaba la posibilidad de revocar a voceros pero “el proceso era muy ambiguo, no estaba claro, entonces la gente se sometía a los principios generales de revocatoria establecidos en la Constitución, es decir, la mitad del período únicamente, sin la certeza de cómo debía llevarse el desarrollo propio del proceso de revocatoria”. El Proyecto de Reforma de Ley establece unas causales específicas e incluso señala en el artículo 38 del Capítulo V las causales de revocatoria, es decir, las faltas o ilícitos en los cuales el vocero tendría que incurrir para perder el cargo de elección popular, destacó Pérez.
Acerca de los beneficios para la comunidad en caso de que el vocero sea revocado, explicó el asambleísta Pérez que esto le permite a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, y al Consejo Comunal, ejercer un control del rol protagónico de los voceros que deberían incorporarse al bienestar de la comunidad. ‘Eso quiere decir que si el vocero se pone de espalda a su vocación o a la comunidad y se inclina hacia intereses personales o miente, la propia comunidad decide abrir un procedimiento de revocatoria y se va a un proceso de votación y si él resulta desfavorecido, será entonces designado otro vocero”, señaló Pérez.
La Comisión Electoral es la instancia del consejo comunal encargada de organizar y conducir, de forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los voceros o voceras del consejo comunal y las consultas sobre aspectos relevantes de la vida comunitaria, así como cualquier otro que decida la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Esta comisión estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, quienes serán electos y electas, con sus respectivos suplentes y los mismos no podrán postularse a las unidades del consejo comunal.
A propósito, el diputado Pérez sostuvo que la comisión ‘tiene carácter permanente, no sólo sirve para elegir los voceros y voceras para un nuevo período sino también para revocarlo, además, para las consultas prácticas que se hagan en el seno de la comunidad, se convierte en un instrumento de decisión y puede divulgar información”. Esta comisión tiene un enlace propio con el Consejo Nacional Electoral (CNE) y todos los poderes del Estado para poder intercambiar una información directa, más concreta y manejar una dinámica interacción política, social, económica, cultural con la comunidad, dio a conocer Pérez.
Las observaciones del Poder Popular serán presentadas ante la AN a finales de agosto para dar paso a la segunda discusión de la Reforma de dicha ley, que permitirá consolidar la gestión comunal, que implica la transferencia absoluta del poder al pueblo para dar cumplimiento de las políticas comunitarias, base de las Comunas Socialistas en función del Plan Nacional Simón Bolívar, según una nota de prensa de Fundacomunal.
La Reforma de la Ley de los Consejos Comunales ampliará los mecanismos de elección dentro de estas organizaciones comunitarias al colocar la comisión electoral el carácter permanente y permitir la revocatoria de voceros mediante votación popular. Lo indicó el diputado Rafael Delgado, integrante de la Comisión de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional (AN) y presidente de la Subcomisión que atiende los Consejos Comunales y las Comunas.
La antigua ley planteaba la posibilidad de revocar a voceros pero “el proceso era muy ambiguo, no estaba claro, entonces la gente se sometía a los principios generales de revocatoria establecidos en la Constitución, es decir, la mitad del período únicamente, sin la certeza de cómo debía llevarse el desarrollo propio del proceso de revocatoria”. El Proyecto de Reforma de Ley establece unas causales específicas e incluso señala en el artículo 38 del Capítulo V las causales de revocatoria, es decir, las faltas o ilícitos en los cuales el vocero tendría que incurrir para perder el cargo de elección popular, destacó Pérez.
Acerca de los beneficios para la comunidad en caso de que el vocero sea revocado, explicó el asambleísta Pérez que esto le permite a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, y al Consejo Comunal, ejercer un control del rol protagónico de los voceros que deberían incorporarse al bienestar de la comunidad. ‘Eso quiere decir que si el vocero se pone de espalda a su vocación o a la comunidad y se inclina hacia intereses personales o miente, la propia comunidad decide abrir un procedimiento de revocatoria y se va a un proceso de votación y si él resulta desfavorecido, será entonces designado otro vocero”, señaló Pérez.
La Comisión Electoral es la instancia del consejo comunal encargada de organizar y conducir, de forma permanente, los procesos de elección o revocatoria de los voceros o voceras del consejo comunal y las consultas sobre aspectos relevantes de la vida comunitaria, así como cualquier otro que decida la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Esta comisión estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, quienes serán electos y electas, con sus respectivos suplentes y los mismos no podrán postularse a las unidades del consejo comunal.
A propósito, el diputado Pérez sostuvo que la comisión ‘tiene carácter permanente, no sólo sirve para elegir los voceros y voceras para un nuevo período sino también para revocarlo, además, para las consultas prácticas que se hagan en el seno de la comunidad, se convierte en un instrumento de decisión y puede divulgar información”. Esta comisión tiene un enlace propio con el Consejo Nacional Electoral (CNE) y todos los poderes del Estado para poder intercambiar una información directa, más concreta y manejar una dinámica interacción política, social, económica, cultural con la comunidad, dio a conocer Pérez.
Las observaciones del Poder Popular serán presentadas ante la AN a finales de agosto para dar paso a la segunda discusión de la Reforma de dicha ley, que permitirá consolidar la gestión comunal, que implica la transferencia absoluta del poder al pueblo para dar cumplimiento de las políticas comunitarias, base de las Comunas Socialistas en función del Plan Nacional Simón Bolívar, según una nota de prensa de Fundacomunal.
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