Hasta el 21 de octubre, todos los venezolanos con edades entre 18 y 60 años período en el cual los ciudadanos tienen obligaciones militares deben inscribirse en el Registro Militar Obligatorio.
La norma está establecida en la disposición transitoria de la Ley de Conscripción y Alistamiento Militar, sancionada en octubre del año pasado y publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria 5933.
El incumplimiento de ese requisito acarreará a quienes no estén inscritos la imposición de multas por 12 unidades tributarias o 780 bolívares. Empresas y organismos públicos que no exijan el registro en el servicio militar a su personal contratado serán sancionados con multa equivalente a 20 unidades tributarias o 1.300 bolívares por cada empleado no inscrito.
El documento se exigirá para la inscripción en los institutos de educación diversificada y universitaria, tanto públicos como privados, la obtención de licencias para conducir y becas de estudio financiadas por el Estado, así como para optar a un cargo público nacional, estadal o municipal.
Los requisitos para tramitar el documento son: partida de nacimiento, fotocopia de la cédula de identidad y dos fotografías tipo carnet.
Los ciudadanos deben acudir con los recaudos a la Junta de Conscripción Militar de su localidad.
El incumplimiento de ese requisito acarreará a quienes no estén inscritos la imposición de multas por 12 unidades tributarias o 780 bolívares. Empresas y organismos públicos que no exijan el registro en el servicio militar a su personal contratado serán sancionados con multa equivalente a 20 unidades tributarias o 1.300 bolívares por cada empleado no inscrito.
El documento se exigirá para la inscripción en los institutos de educación diversificada y universitaria, tanto públicos como privados, la obtención de licencias para conducir y becas de estudio financiadas por el Estado, así como para optar a un cargo público nacional, estadal o municipal.
Los requisitos para tramitar el documento son: partida de nacimiento, fotocopia de la cédula de identidad y dos fotografías tipo carnet.
Los ciudadanos deben acudir con los recaudos a la Junta de Conscripción Militar de su localidad.
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